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lunes, 3 de junio de 2013

Bonificación autónomos la nueva a ley


Como funciona el sistema, el gobierno nos comentó la nueva ley para autónomos si eres menor de 30 años ibas a pagar menos. Pues que sepais que si te has dado de alta durante mes de abril, puedes llevarte una sorpresa y que te carguen 233 osea una bonificación 30% o incluso sin bonificación la administración todavía no tiene los medios para poder hacerlo, te suelta el gobierno la nueva ley pero no hay medios para acatarla porque a TGSS no le han facilitado medios, y no saben los propios funcionarios cuando empezaran esos 50  euros famosos eso sí de oficio lo tendrá que abonar TGSS con intereses o si no se podrá reclamar de oficio por el interesado.


Toda la información sobre bonificaciones y descuentos sobre las cuotas de la Seguridad Social aplicables a determinados colectivos de trabajadores autónomos en 2013. En este artículo te explicamos la tarifa plana o cuota de 50 euros para jóvenes autónomos y las bonificaciones generales aplicables a jóvenes, autónomos colaboradores, discapacitados, bajas por maternidad o paternidad, Ceuta y Melilla, venta ambulante y a domicilio, pluriempleo y mayores de 65.
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Tras la reforma laboral de 2012 Se mantienen los siguientes descuentos en las cuotas de cotización para determinados colectivos de trabajadores autónomos, en atención a sus características personales o a las características profesionales de la actividad ejercida:
  • Autónomos jóvenes: hombres hasta 30 años y mujeres hasta 35 años.
  • Cese de actividad por maternidad, paternidad y situaciones asimiladas.
  • Autónomos con discapacidad.
  • Nuevas altas de familiares colaboradores de trabajadores autónomos.
  • Autónomos de Ceuta y Melilla en determinados sectores.
Por el contrario, queda derogada la bonificación anterior para autónomas que se reincorporan a su negocio después de la maternidad, por la cual podían optar a una bonificación del 100% de la cuota por contingencias comunes, resultante de aplicar el tipo de cotización a la base mínima vigente en el régimen, durante 12 meses si reiniciaban su actividad en los 2 años siguientes a la fecha del parto.
Y en 2013 destaca la entrada en vigor de la tarifa plana a 50 euros para jóvenes autónomos.

Autónomos jóvenes incorporados al RETA

(incluidos los Socios Trabajadores de Cooperativas de Trabajo Asociado)
Las mujeres menores de 35 y los hombres menores de 30 tienen derecho a una reducción sobre la cuota de contingencias comunes durante los 15 meses siguientes a la fecha de efectos del alta, equivalente al 30% resultante de aplicar el tipo mínimo vigente (29,80%) a la base mínima de cotización de este régimen, y a una bonificación de igual cuantía en los 15 meses siguientes a la finalización de la reducción anterior. La cuota mínima resultante en 2013 es de 179,96 euros al mes.
Tendrá una duración de 30 meses en total, ininterrumpidos, con independencia de los períodos de baja en el Régimen dentro de dicho plazo, que serán tenidos en cuenta a efectos del cómputo total de los 30 meses.
La novedad 2013 es la llamada tarifa plana con una cuota de 50 euros al mes  para jóvenes  menores de 30 años, por un máximo de 6 meses y que está regulada por el mencionado Real Decreto - Ley, 4/2013:
Los dos requisitos a cumplir son:
  • No haber estado de alta como autónomo en los cinco años anteriores.
  • No emplear trabajadores por cuenta ajena
En la práctica, la famosa tarifa plana de 50 euros consiste en una mayor bonificación sobre la base mínima, pero no llega a bajar hasta los 50 euros anunciados sino que se queda en 74,70 euros:
  • 80% de reducción de la cuota durante los primeros 6 meses. Al no contemplar la parte de la cuota correspondiente a incapacidad temporal, la cuota mensual será de 74,70 euros, incluyendo la cobertura por riesgo en el embarazo y lactancia.
  • 50% de reducción los 6 meses siguientes, con lo que la cuota se quedaría en 2013 en 142,96 euros.
  • 30% de reducción durante los 3 meses siguientes y 30% de bonificación durante los 15 meses siguientes, sin incluir las contingencias comunes, con lo que en la práctica la cuota durante el segundo y el tercer año de actividad ascendería a 188,46 euros al mes.
  • Fuente: Infoautónomos 

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